Preguntas frecuentes

Respuestas por tipo de juicio.

Orientación general. La estrategia depende de los hechos, documentos y pruebas de cada asunto.

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01

Materia sucesoria

Juicios sucesorios

¿Cuál es la diferencia entre sucesión testamentaria e intestamentaria?+

La testamentaria parte de un testamento. La intestamentaria se tramita cuando no existe uno aplicable o no comprende toda la herencia. Primero debe revisarse el documento y el patrimonio.

¿Quién puede iniciar el juicio sucesorio?+

Quien considere tener derecho hereditario o un interés jurídico. Los documentos necesarios dependen del parentesco, testamento, actas y bienes.

¿Puede venderse un bien antes de la adjudicación?+

No debe asumirse que un heredero puede disponer por sí solo. La operación requiere revisar la etapa del juicio, los derechos de la sucesión y las autorizaciones necesarias.

02

Derecho familiar

Guarda y custodia

¿Qué se valora para decidir la guarda y custodia?+

El interés superior de niñas, niños y adolescentes, su seguridad, estabilidad, cuidados cotidianos, vínculos y las pruebas de cada progenitor.

¿Pueden solicitarse medidas provisionales?+

Sí pueden plantearse cuando la situación requiere protección o una regulación temporal. Su procedencia depende de la urgencia, el riesgo y la evidencia.

¿Puede modificarse una custodia ya determinada?+

Puede solicitarse cuando existen cambios relevantes y la modificación protege mejor el interés de la persona menor de edad.

03

Derecho familiar

Pensiones alimenticias

¿Cómo se fija una pensión alimenticia?+

Se analizan las necesidades de quien recibe alimentos y las posibilidades económicas de quien debe proporcionarlos, con apoyo en comprobantes e informes.

¿Qué ocurre si la pensión no se paga?+

Puede cuantificarse el adeudo y promoverse su ejecución. Según el caso, también pueden existir otras medidas y consecuencias legales.

¿Puede aumentarse o reducirse?+

Sí, cuando cambian de forma relevante las necesidades o la capacidad económica. El cambio debe solicitarse y acreditarse.

04

Derecho familiar

Visitas y convivencia

¿Qué hago si no se cumple el régimen de convivencia?+

Conviene documentar fechas, mensajes, entregas e incidentes para valorar la ejecución, modificación o adopción de medidas.

¿Puede regularse la convivencia en vacaciones y días festivos?+

Sí. El régimen puede precisar fines de semana, vacaciones, cumpleaños, días festivos, traslados y comunicación a distancia.

¿Puede ordenarse convivencia supervisada?+

Puede solicitarse cuando existan razones de seguridad o adaptación. La autoridad valorará los hechos y las pruebas.

05

Materia civil

Desocupaciones

¿Cuándo puede reclamarse la desocupación de un inmueble?+

Puede analizarse ante falta de pago, terminación del contrato, incumplimiento u ocupación sin derecho. La vía depende de los documentos y hechos.

¿Qué pasa si no existe contrato escrito?+

La relación y sus condiciones pueden acreditarse con otros medios, como pagos, mensajes, recibos, testigos y actos de ocupación.

¿Puedo cambiar cerraduras o sacar pertenencias por mi cuenta?+

No es recomendable recurrir a vías de hecho. Debe evaluarse el procedimiento legal para evitar responsabilidades adicionales.

06

Condominios

Rendición de cuentas

¿Qué información puede pedirse a la administración?+

Según el régimen y los acuerdos, pueden revisarse estados de cuenta, comprobantes, contratos, presupuestos, actas y documentación de ingresos y gastos.

¿Cómo se documentan posibles irregularidades?+

Con actas, recibos, estados de cuenta, comunicaciones, fotografías, contratos y solicitudes formales de información.

¿Puede impugnarse un acuerdo de asamblea?+

Depende de la convocatoria, quórum, votación, contenido del acuerdo, legitimación y oportunidad. Debe revisarse el acta y la documentación del régimen.

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